Quedaderogada la Orden 222/2001, de 8 de noviembre, de la Consejer铆a de Trabajo, por la que se aprueba el modelo oficial para la comunicaci贸n de apertura o reanudaci贸n de la actividad en los centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid. La presente Orden entrar谩 en vigor el d铆a siguiente al de su publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial.
Lacomunicaci贸n de apertura de un centro de trabajo en obras de construcci贸n deber谩 mantenerse permanentemente actualizado en caso de producirse cambios no identificados inicialmente o por modificaci贸n o actualizaci贸n, seg煤n los casos, del Plan de seguridad y Salud, Evaluaci贸n de Riesgos o del Coordinador de Seguridad y
Comunicaci贸nde apertura de un centro de trabajo o de reanudaci贸n de la actividad despu茅s de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia. Destinatarios La obligaci贸n de efectuar la comunicaci贸n incumbe al empresario, cualquiera que sea la actividad que realice, con independencia de las
Respuestade abogado. Efectivamente, siempre que exista una unidad productiva con organizaci贸n espec铆fico en un lugar concreto, se deber谩 dar apertura al centro de trabajo. Se entiende por unidad productiva con organizaci贸n espec铆fica, por ejemplo, el supuesto de una empresa que tiene a 5 trabajadores prestando servicios,
. 0 250 373 164 255 287 381 111 232